Tiendas de Cataluña

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El Govern actualitza la legislació de comerç, que permetrà una regulació clara de les noves modalitats comercials

10 de diciembre de 2024

Los nuevos redactados de la Ley de Comercio, Servicios y Ferias, y del Decreto Ley de Ordenación de Equipamientos Comerciales tienen en cuenta los cambios experimentados, principalmente por el comercio en línea, con el objetivo final de proteger e impulsar el modelo comercial del país. En paralelo, el Departamento de Empresa y Trabajo está diseñando la planificación estratégica en materia de comercio para el período 2025-2028 para enfrentar los retos del sector.

El Gobierno ha aprobado los nuevos redactados para la Ley 18/2017 de Comercio, Servicios y Ferias y el Decreto Ley 1/2009 de Ordenación de Equipamientos Comerciales, que actualizan la legislación existente en materia de comercio con el objetivo de eliminar vacíos legales y ofrecer un marco normativo claro. Concretamente, las modificaciones tienen en cuenta la nueva realidad del sector, marcada por los cambios tanto en los hábitos de consumo como en la configuración de los municipios y sus tramas urbanas.

De esta manera, el Gobierno retoma la tramitación de ambas normativas, que decaíó al finalizar la legislatura anterior, y reactiva la actualización de los textos. Esto permitirá, entre otras mejoras:

- Regular aspectos relacionados con las nuevas modalidades comerciales (en línea) que pueden impactar negativamente en el modelo propio (tiendas oscuras y puntos de recogida).

- Dar más margen de maniobra a los ayuntamientos en la implantación comercial.

- Incentivar la colaboración entre los municipios.

- Dinamizar los entornos rurales.

- Favorecer el equilibrio territorial.

- Apoyar el comercio local.

En cuanto a los textos aprobados hoy por el Gobierno, las principales novedades del nuevo redactado de la Ley de Comercio afectan a las tiendas oscuras y puntos de recogida. En este sentido, se define el concepto de tiendas oscuras y se establecen las condiciones operativas que debe cumplir un establecimiento de este tipo para ajustarse al marco legal. Concretamente, deberán disponer de una zona de espera para los vehículos que realizan las entregas de pedidos y también deberán habilitar una zona de estancia para las personas repartidoras en el interior. No podrán repartir pedidos al destinatario final entre las 11 de la noche y las 7 de la mañana, excepto alimentación y gran consumo.

Asimismo, se obliga a los operadores de comercio en línea a ofrecer puntos de recogida y devolución propios o ajenos en un radio máximo de 500 metros respecto al domicilio privado o la dirección que facilite el cliente (con la excepción de productos de alimentación y gran consumo).

En ambos casos, la normativa establece el marco general para que los diferentes ayuntamientos tengan margen para ajustar los detalles a la realidad de sus respectivos municipios.

En relación con las promociones, outlets y festivos, la Ley dota de mayor precisión y flexibilidad algunas cuestiones muy concretas vinculadas a las actividades promocionales, los productos excedentes (como los que se comercializan en outlets), los horarios y los festivos. No se diferencia entre acciones enfocadas a la promoción comercial y a la liquidación de stocks, de manera que la normativa se adapta a la desestacionalización de las temporadas y alta rotación de stocks actual. Se reduce a seis meses el tiempo para que los productos se puedan vender como excedente, con precios rebajados (hasta ahora el mínimo eran nueve meses desde la incorporación al stock). Se amplían los supuestos de los 'tastos de nit'. También se extiende a los festivos locales la obligatoriedad de abrir en un día festivo para evitar que se encadenen dos o tres seguidos, con el objetivo de evitar el desperdicio alimentario y un posible desabastecimiento de la población.

En cuanto al Decreto de Ordenación de los Equipamientos Comerciales, el nuevo redactado introduce modificaciones que, en esencia, permiten una mejor ordenación del tejido comercial y dotan de mayor autonomía a los municipios. El objetivo es favorecer la preservación del modelo catalán, que se caracteriza por el equilibrio entre las diferentes propuestas comerciales y una disposición coherente de estas en el territorio, sin descuidar en ningún caso la protección al comercio local.

Así, el nuevo Decreto prevé que los municipios limítrofes se puedan poner de acuerdo para conformar una trama urbana consolidada (TUC) supramunicipal y poder ordenar su tejido comercial de manera coordinada. La ubicación de comercios fuera de una trama urbana consolidada, pero tocándola al límite, se podrá hacer sin tantas limitaciones porque no tendrá que ser parcela aislada; se elimina que el acceso enfocado a la TUC sea el principal y la superficie construida del establecimiento comercial deberá representar como mínimo un 51% de la edificabilidad neta de la parcela. Asimismo, los pequeños establecimientos comerciales (hasta 800 metros cuadrados) también se podrán establecer limítrofes con la TUC, cosa que hasta ahora no se podía.

Por otro lado, se permitirá la apertura de pequeños establecimientos comerciales sin restricción en municipios de menos de 5.000 habitantes, siempre que el uso comercial esté debidamente recogido en la planificación urbanística. Los pequeños comercios de alimentación con un mínimo del 25% de su superficie de venta dedicada a oferta de producción o producción y elaboración propia, también podrán implantarse en los ámbitos contemplados por la planificación urbanística de cada municipio.

Paralelamente a esta actuación legislativa, el Departamento de Empresa y Trabajo está diseñando la planificación estratégica en materia de comercio para el período 2025-2028, que prevé un programa integral de acciones para mejorar la competitividad del sector y enfrentar retos como la formación más adaptada, procesos de digitalización a medida, empleo de calidad y con garantías de relevo generacional, adaptación a las normativas de sostenibilidad ambiental e implicación del comercio en las políticas urbanísticas y de cohesión social. Esta planificación quiere ser una herramienta de trabajo práctica, dinámica y dialogada con el tejido empresarial y asociativo, que permitirá implementar con la máxima eficiencia las políticas de ordenación y promoción del sector.

El comercio, sector clave de la economía catalana

Con más de 70.000 empresas y cerca de 87.000 establecimientos en todo el país, el comercio genera cerca del 15% del PIB catalán y da empleo a 568.400 personas, de las cuales 366.000 corresponden al comercio al por menor y casi 202.400 corresponden al comercio al por mayor.

El comercio catalán se encuentra en una dinámica positiva tanto en ventas como empleo. En el primer caso, entre enero y octubre de 2024, la facturación ha sido un 2% superior a la del mismo período del año anterior (a precios constantes, por lo tanto, una vez descontado el efecto de la inflación). En el segundo caso, el número de puestos de trabajo contabilizados el tercer trimestre de 2024 para el comercio al por menor ha sido un 5,2% superior a los del tercer trimestre de 2023.

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